En esta nueva entrada, desde Gestcredit os vamos a explicar las diferencias que existen entre una subrogación hipotecaria y una cancelación hipotecaria, pues son dos términos distintos a pesar de puedan llevar a cierta confusión.
La subrogación hipotecaria se refiere al proceso mediante el cual la persona que debe el préstamo lo transfiere a otra entidad financiera con el fin de obtener mejores condiciones, como por ejemplo puede ser una tasa de interés más baja o unos plazos de pago más flexibles.
En cambio, la cancelación hipotecaria, como su propio nombre indica, es el término que recibe el acto de liquidar por completo la deuda hipotecaria, ya sea a través de una amortización anticipada, mediante la venta de la propiedad o por cualquier otro medio. Una vez que la deuda hipotecaria se ha pagado por completo, se cancela la hipoteca y el prestatario se convierte en el propietario de la vivienda sin ningún tipo de carga hipotecaria.
Como es lógico, cualquier persona que se encuentra pagando actualmente una hipoteca desearía poder cancelarla de una tacada, pero esto solo suele ocurrir cuando queda poco tiempo y cantidad para terminar con el préstamo o cuando el prestatario ha obtenido suficientes recursos financieros para pagar la totalidad de la deuda hipotecaria.
¿Cuáles son los gastos de una subrogación hipotecaria?
La subrogación hipotecaria puede implicar algunos gastos que deben ser considerados por el prestatario antes de tomar la decisión de cambiar de entidad financiera. Algunos de los gastos más comunes asociados con la subrogación hipotecaria incluyen:
- Comisión de apertura. Esta comisión es una tasa que cobran algunas entidades financieras por abrir una nueva hipoteca y puede oscilar entre el 0,5 % y el 1 % del importe de la hipoteca.
- Comisión de subrogación. En ciertos casos, el prestamista original puede cobrar una comisión por subrogación, que es una cantidad de dinero que se cobra al prestatario por permitir la transferencia de la hipoteca a otra entidad financiera. Esta suele estar establecida en el contrato hipotecario y oscila normalmente entre el 0,5 y el 1 % del valor de la hipoteca.
- Gastos de gestión y notaría. La subrogación de una hipoteca también puede implicar gastos de gestión relacionados con la tramitación de los documentos necesarios para realizar el cambio de entidad financiera. Estos gastos pueden incluir honorarios de notarios, registro de la propiedad, tasas administrativas, entre otros. Entre unos y otros podemos estar hablando de entre 500 y 1000 euros aproximadamente.
- Gastos del Registro de la Propiedad. Cuando se lleva a cabo una subrogación hipotecaria se debe pagar una cifra casi nunca superior a los 100 euros al Registro de la Propiedad por hacer constar la actualización en el contrato de hipoteca.
- Tasación de la vivienda. La nueva compañía puede exigir una tasación de la propiedad que puede generar un gasto de entre 200 y 400 euros.
¿Cuáles son los gastos de una cancelación hipotecaria?
Al igual que sucede con la subrogación hipotecaria, en una cancelación también tenemos que hacer frente a una serie de gastos. Desde Gestcredit te contamos cuáles son:
- Comisión de cancelación: En muchos casos, los prestamistas pueden cobrar una comisión por cancelación anticipada si el prestatario decide cancelar la hipoteca antes del plazo acordado. Esta comisión puede ser un porcentaje (normalmente de entre el 0,5 y el 1 %) del capital pendiente o una cantidad fija y suele estar establecida en el contrato hipotecario. La comisión por cancelación anticipada puede variar dependiendo del prestamista y de las condiciones específicas del contrato hipotecario.
- Gastos de gestión: Para tramitar la cancelación de una hipoteca, el cliente suele contratar los servicios de una gestoría. De media, el gestor suele cobrar unos honorarios de 300 euros, aunque esta cifra puede variar entre unas gestorías y otras.
- Gastos de notaría. Para cancelar una hipoteca se necesita que un notario certifique que el préstamo ha sido pagado mediante la redacción de una escritura de cancelación. Sus honorarios suelen ser de unos 200 euros en estos casos.
- Gastos del Registro de la Propiedad. Debemos registrar la cancelación de la hipoteca en el Registro de la Propiedad correspondiente. Esto supone un desembolso de entre 200 y 400 euros.
- Impuestos. Por norma general, no tenemos que pagar ningún impuesto para cancelar nuestra hipoteca. Eso sí, debemos presentar ante el fisco autonómico el modelo 600 del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD).
¿Quieres cancelar o subrogar tu hipoteca?
Ahora que ya conoces de primera mano cuáles son las diferencias entre estos dos procesos, si te has decidido finalmente por una de las dos opciones deberás contar con el asesoramiento de profesionales como los que formamos parte de Gestcredit para que te ayudemos a tomar las mejores decisiones.
Ponte en contacto con nuestra empresa ubicada en Madrid y deja que trabajemos por ti. ¡Estamos para servirte!