Como asesores financieros especializados en hipotecas, en Gestcredit conocemos de primera mano el funcionamiento de los seguros de vida asociados a hipotecas. Este tipo de pólizas se contratan para cubrir el saldo pendiente de la hipoteca en caso de que el titular fallezca durante el plazo del préstamo. A continuación te explicamos cómo funcionan esta clase de seguros. ¡Toma nota!
Funcionamiento de los seguros de vida vinculados a hipotecas
Contratación
Al solicitar una hipoteca, la entidad bancaria puede pedir una serie de requisitos que el titular debe cumplir, siendo el contrato de un seguro de vida para garantizar que el saldo pendiente de la hipoteca sea cubierto en caso de fallecimiento uno de los más habituales. En algunos supuestos, el banco también puede ofrecer el seguro de vida como parte del paquete de la hipoteca.
Beneficiario
El beneficiario del seguro de vida en una hipoteca es el banco que otorga el préstamo. Esto significa que si el titular fallece durante el plazo de éste, la entidad bancaria recibirá el pago de la póliza para cubrir el saldo pendiente de la hipoteca.
Prima
El titular de la hipoteca debe pagar una cuota mensual o anual por la póliza de seguro de vida. El costo de esta tarifa puede variar según la edad, el estado de salud del prestatario y otras circunstancias.
Suma asegurada
La suma asegurada es la cantidad máximo que el seguro pagará en caso de fallecimiento del titular. Esta cantidad suele ser igual al saldo pendiente de la hipoteca en el momento de la contratación del seguro, aunque algunas pólizas pueden incluir una cantidad adicional para cubrir los gastos funerarios y otros adicionales.
Duración del seguro
El seguro de vida en una hipoteca normalmente tiene la misma duración que el plazo del préstamo. Si el titular paga la hipoteca antes de que expire el seguro, la póliza se cancela automáticamente.
Conclusiones
En definitiva y para resumir lo anteriormente narrado, el seguro de vida en una hipoteca es una póliza que se contrata para cubrir el saldo pendiente de la hipoteca en caso de fallecimiento del titular. La póliza suele tener una duración igual al plazo del préstamo y el beneficiario es el banco o prestamista que otorga el préstamo. El titular debe pagar una prima por la póliza y la suma asegurada suele ser igual al saldo pendiente de la hipoteca.
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